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Impedimento de ingreso de Evo Morales se da en cumplimiento de la ley de Migraciones

El impedimento de ingreso al país de Morales, al transgredir la legislación migratoria.

El superintendente de Migraciones, Armando García, afirmó que el impedimento de ingreso al país de Evo Morales, y de otros ocho ciudadanos bolivianos, se adoptó en estricto cumplimiento de la Ley de Migraciones.

Ante la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, García confirmó el impedimento de ingreso al país de Morales, al transgredir la legislación migratoria.

Ante el Parlamento, destalló que dicha medida “fue adoptada en cumplimiento de la Ley de Migraciones – Decreto Legislativo 1350 y su reglamento, que estipulan con precisión cuáles son los supuestos para el impedimento de ingreso al país de ciudadanos extranjeros”.

Detalló que el artículo 48 de la citada ley establece el impedimento de ingreso al país cuando se cuente con información oficial de la autoridad competente en materia de inteligencia respecto a extranjeros cuya conducta colisiona con la seguridad nacional y el orden interno.

Mediante un comunicado, el Ministerio del Interior informó que Migraciones tomó esta medida el pasado 6 de enero del año en curso, en estricto cumplimiento de sus facultades y del artículo 48 de la Ley de Migraciones – Decreto Legislativo 1350.

El documento señala que, en los últimos meses, se ha identificado a ciudadanos extranjeros, de nacionalidad boliviana, que ingresaron al país para efectuar actividades de índole política proselitista, lo que constituye una clara afectación a nuestra legislación migratoria, a la seguridad nacional y al orden interno del Perú.

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